De acuerdo con el Decreto N° 35/021 del 21 de enero de 2021, en la redacción dada por el Decreto N° 47/025 del 7 de marzo de 2025 y la Resolución N° 21/042 del 20 de abril de 2021, es obligatorio constituir una Garantía ante el INAC para mantener la habilitación en el Registro Único Nacional de Empresas Cárnicas.
Sin embargo, las siguientes actividades están exentas de esta obligación: Carnicerías, Locales de Venta y Transporte de Carnes y Derivados.
A continuación, se detallan las categorías y los montos requeridos para la actividad que se va a realizar.
¿Qué se necesita?
Las opciones de garantías que tienes disponibles son las siguientes:
- fianza o aval bancario que resulten suficientes a juicio del Instituto Nacional de Carnes (INAC), (vea aquí el modelo).
- póliza de seguro emitida por entidad aseguradora de plaza que resulte suficiente a juicio de Instituto Nacional de Carnes (INAC);
- hipoteca sobre bienes inmuebles y
- cualquier otro tipo de garantía que el Instituto Nacional de Carnes (INAC) entienda admisible.
La empresa debe gestionar la garantía con la entidad seleccionada y una vez obtenida, presentarla ante INAC.
El Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) tiene entre sus productos una fianza para constituir garantía ante INAC. Vea aquí más información.
¿Tiene costo?
- No tiene costo
¿Cómo puedo hacerlo?
- Presencial en INAC: presentando la documentación en Mesa de Entrada.
- 100% en línea. Si optas por esta forma la garantía deberá tener firma electrónica avanzada ¡Con firma electrónica no tienes que enviar ningún papel!
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