Constitución de garantía

Fecha: 20/12/2021

De conformidad al Decreto N° 35/021 de 21.01.2021, y la Resolución N° 21/042 de 20.04.2021, es obligatoria la constitución de Garantía ante INAC, para permanecer habilitado en el Registro Único Nacional de Empresas Cárnicas.

Las únicas actividades que no requieren de constitución de una Garantía, son los locales de Carnicerías y el Transporte de Carnes y Derivados. Utilice el buscador de empresas para verificar el estado de su empresa. 

De acuerdo con la actividad a realizar vea aquí, las categorías y los montos.

Tipos de Garantías admitidas:

  • depósito en valores públicos en el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), a la orden conjunta del interesado y el MEF;
  • fianza o aval bancario que resulten suficientes a juicio del INAC (vea aquí el modelo)
  • póliza de seguro emitida por entidad aseguradora de plaza que resulte suficiente a juicio de INAC
  • hipoteca sobre bienes inmuebles. 

La empresa deberá gestionar la garantía que elija ante la entidad correspondiente, y luego acreditar la misma ante INAC.

El Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) tiene entre sus productos una fianza para constituir garantía ante INAC.

Vea aquí más información.

Costo

  • No tiene costo

¿Cómo puedo hacerlo?

  • Presencial en INAC: presentar la documentación en Mesa de Entrada.
  • En línea



Iniciar trámite en línea

INAC: Panel Izquierdo - Menú