Importante- Compre productos cárnicos en carnicerías habilitadas

La compra de carne en carnicerías habilitadas y registradas ante INAC garantizan inocuidad y trazabilidad comercial del producto.
En los últimos días hubo un caso atípico de una denuncia realizada por una persona ante la policía y otros organismos como el Instituto de Bienestar Animal, que ameritan la exhortación a la población para que esté atenta al momento de realizar la compra únicamente en carnicerías habilitadas, debidamente registradas y monitoreadas por INAC.
En este caso particular, y ante la sospecha sobre el origen y especie de la carne entregada tras una compra realizada en una red social, se realizaron los análisis de ADN para determinar con método científico la especie del animal.
Asimismo, esta compra no contó con el monitoreo que tienen las transacciones comerciales del sector cárnico legal que están trazadas por el Sistema de Registro y Gestión del Abasto (SRGA), generando una guía electrónica que brinda seguridad al mercado, a las empresas y a los consumidores.
Los estudios de laboratorio dan cuenta que se trata de especie bovina y no de cordero como se señaló.
El caso se encuentra bajo las actuaciones de Fiscalía y Ministerio del Interior, para determinar las responsabilidades, habiéndose ya identificado a los presuntos responsables de la venta.
Las muestras biológicas para perfil genético son una herramienta utilizada por la policía con el apoyo de INAC en casos de faena clandestina, abigeato y otras situaciones en las que se deben determinar especie, origen o comparación de muestras de restos.
INAC recomienda a la población comprar carne en empresas habilitadas y comprendidas en el Registro Único Nacional de Empresas Cárnicas (RUNEC), las cuales se encuentran identificadas con un código QR de INAC en el punto de venta. En el caso de realizar la compra a través de plataformas digitales se recomienda verificar que la publicación cuente con el número de RUNEC que puede ser verificado en la página web del Instituto en buscador de empresas locales y vehículos.
Desde INAC se exhorta a las plataformas digitales exhibir el número de RUNEC en cumplimiento de lo previsto por el artículo 364 de la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020 y la Resolución de INAC #21/036 de 20 de abril de 2021.